Fotocopia legalizada del Documento Nacional de Identidad.
Poder para gestionar: profesionales habilitados para gestionar todo tipos de trámites de terceros en el Organismo. Recuerden que únicamente podrán gestionar los profesionales alcanzados por la resolución Nro. 4792 del Organismo (Abogados y procuradores matriculados en el C.A.E.R.).
A partir del mes de Enero de 2022 deberán presentar el Certificado de Supervivencia aquellas beneficiarias/os residentes en en Exterior de la República Argentina (Resolución R1422021).